Protección penal de la familia en Colombia
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Resumen
Dado que para la atención de las necesidades de conservación de la especie, el sistema que hasta ahora ha parecido mejor al hombre, biológica y culturalmente, para la regulación de «sus relaciones heterosexuales y para la crianza, educación y establecimiento de la prole, es la unión monogámica y estable, resulta natural que las normas jurídicas en que se vierte esa mentalidad parten de la distinción entre las relaciones que se ajustan a sus dictados y los frutos de ellas, y las que se establecen y practican paralelamente, con todas sus consecuencias. Cosa diferente es, que, por razones y prejuicios de índole racial, religiosa, económica y política, aquella. distinción en principio meramente conceptual, se proyecte en discriminación y en pretexto para acentuar la desigualdad entre los hombres, y se convierta en obstáculo para el desenvolvimiento pleno de la personalidad de cada cual. Los comportamientos punibles de que vamos a ocuparnos en el presente trabajo están incluidos en el título XIV del Código Penal.

