La Doctrina Constitucional sobre intersexualidad en Colombia
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Resumen
La protección integral de los niños debe ser armonizada con el resto del ordenamiento jurídico, que para efectos de capacidad para actuar se encuentra regulada en el código civil, norma que como se verá en este estudio es inaplicada por la Corte Constitucional al resolver el problema del hermafroditismo y es reemplazada por el principio de autonomía, particularmente en la aplicación del consentimiento informado del menor de edad que permita la intervención médica para practicar procedimientos invasivos en los órganos sexuales del mismo, con la advertencia que cuando se trate de afecciones sexuales o genitales que afecten de manera grave la salud del niño cobra validez el consentimiento sustituto paterno.

