Periódico 15 : Edición 333: Marzo de 2017
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En la ley 1805 de 2016 “se presume que se es donante cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento”. De esta manera, se establece que todo colombiano legalmente es un donante potencial de sus Órganos, y que esta presunción legal, solo puede desvirtuarse cuando el ciudadano ha manifestado en vida, ante un notario, su intención de no ser donante y, en el caso de los menores de edad, cuando sus padres disponen lo contrario. El coordinador operativo de la unidad de trasplantes de la Fundación Cardiovascular de Colombia, Fernando Andrés Quintero Costea, manifestó que al impulsar esta ley lo que se quería básicamente era obtener más donantes, ya que “en los últimos dos años la negativa familiar sobre la donación de órganos y tejidos en Santander correspondía a 55 %”, deduciendo que, de cada 10 familias entrevistadas por tener un posible donante, entre 53 y 6 se negaba al procedimiento.
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- Periódico 15 : no. 333 v. 15. Del 16 al 30 de marzo de 2017

