Derecho a la intimidad. Derecho a la información
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Gómez Gómez, Alfonso
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Universidad Autónoma de Bucaramanga UNAB
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Resumen
Se protege a la intimidad como una forma de asegurar la paz y la tranquilidad que exige el desarrollo físico, intelectual y moral de las personas, vale decir, como un derecho de la personalidad. Esta particular naturaleza suya determina que la intimidad sea también un derecho general, absoluto, extrapatrimonial, inalienable e imprescriptible y que se pueda hacer valer “erga omnes”, tanto frente al Estado como a los particulares. En consecuencia, toda persona, por el hecho de serlo, es titular a priori de este derecho y el único legitimado para permitir la divulgación de datos concernientes a su vida privada.
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Fuente del recurso
- Temas Socio-Jurídicos; Volumen 15 N. 33 (Diciembre 1997). Páginas 13-42
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