La jurisdicción especial indígena Barí, en el marco de la constitución de 1991: Alcances y limites
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Resumen
Los procesos sociales y jurídicos que surgieron en la década de los ochenta tuvieron como resultado la expedición de nuevos ordenamientos constitucionales, para los países latinoamericanos, en los cuales se reconocían de manera especial los derechos individuales y sociales de los grupos minoritarios de la población que tradicionalmente se encontraban excluidos.
En Colombia estos postulados se desarrollaron con fundamento en la Descentralización Territorial Administrativa y el Reconocimiento de la Diversidad Étnica y Cultural, principios constitucionales a partir de los cuales es posible encontrar disposiciones constitucionales en las que se prescribe una discriminación positiva a favor de las personas que pertenecen a los grupos sociales minoritarios, a efecto de proteger sus derechos fundamentales como colectividad y a su vez se establece un mecanismo especial para que participen en el Congreso de la República. Además, en lo que respecta a las comunidades indígenas se les otorgó funciones administrativas y judiciales, las cuales se encuentran sujetas a unos mínimos político administrativos y éticos respectivamente que han sido establecidos por el constituyente y desarrollados por el legislador.

