Prescripción de la acción penal en los delitos de omisión
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Resumen
La constitucionalización del derecho en todas sus áreas y aplicación del derecho penal contemporáneo trajo consigo retos y desafíos que ameritan estudios y repasos constantes de sus institutos. El juez como aplicador de la ley y como matemático que deduce soluciones de premisas exclusivamente derivadas de la lógica formal ya no tiene cabida en el ordenamiento jurídico. Ahora el llamado es a estudiar cada caso concreto desde la perspectiva humanista, dinámica y actualizada a la situación que se examina. De lo anterior, deviene la importancia de estudiar el instituto de la prescripción, fenómeno que se aplica en todas las áreas del derecho, pero resulta problematizador en lo penal o, por lo menos, en lo que concierne a los delitos de omisión, en los que surgen coyunturas al momento de establecer si se trata de una omisión propia o impropia, quién es considerado garante de bienes jurídicos, cuáles son los contornos temporales o a partir de cuándo cesan las obligaciones de actuar para los obligados a actuar. Es por ello que resulta imperativo retomar el estudio de institutos del derecho civil y del derecho tributario, a efectos de complementar algunos tipos penales en blanco y con el objetivo de precisar quiénes serían los eventuales sujetos activos de conductas omisivas que el legislador no ha dejado planteadas con claridad. Todo lo anterior, con el claro objetivo de vislumbrar asuntos que para el derecho penal resultan problemáticos en la práctica judicial y que a la luz de la doctrina y la jurisprudencia no cuentan con soluciones pacíficamente aceptadas.

